Sí, debidamente identificado con DNI, SIP y tarjeta verde del Hospital. Según la Ley de Tasas 16/2008 de 22 de diciembre, las copias que no sean exigibles por disposición legal o reglamentaria, se liquidarán.

Debe ponerse en contacto con la Unidad de Documentación Clínica y Admisión (UDCA). 

Sí, debidamente identificado con su DNI, SIP y tarjeta verde de visitas del hospital y adjuntando un volante de petición de un médico.

Debe ponerse en contacto con la Unidad de Documentación Clínica y Admisión (UDCA). 

Sí. Si su hijo es menor de edad, tendrá que identificarse con su DNI, SIP y aportar el libro de familia. En caso de ser mayor de edad, familia o amigo, deberá aportar la misma identificación y autorización escrita y DNI del solicitante.

Debe ponerse en contacto con la Unidad de Documentación Clínica y Admisión (UDCA). 

Sí. Comuníqueselo a Enfermería o diríjase al Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP), allí le facilitarán el impreso de agradecimiento.

Puede descargar el ipreso para tramitar agradecimientos, sugerencias o quejas aquí

Sí. Comuníqueselo a Enfermería o diríjase al Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP), allí le facilitarán el impreso de sugerencias o el de quejas.

Puede descargar el ipreso para tramitar agradecimientos, sugerencias o quejas: aquí

Sí. Solicítelo en el Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP).

Descargar solicitudes de elección de médico o centro sanitario: aquí

 

LA TARJETA SANITARIA INDIVIDUAL Y OTROS DOCUMENTOS

Como usuario debe saber que las prestaciones sanitarias no son gratuitas para todos. Para facilitar el acceso a la asistencia sanitaria pública deben utilizarse siempre los documentos creados específicamente para identificar al paciente y sus derechos asistenciales.

Por ello, los centros sanitarios dependientes de la Conselleria de Satidat Universal i Salut Pública solicitan a los usuarios la aportación de alguno de los siguientes documentos:

  • Tarjeta sanitaria individual de la Comunidad Valenciana (tarjeta SIP).
  • Tarjeta sanitaria individual de otra Comunidad Autónoma.
  • Tarjeta sanitaria de mutualistas y beneficiarios de MUFACE, ISFAS o MUGEJU, donde se especifica si usted ha optado por la asistencia sanitaria pública o privada.
  • Documento expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
  • En el caso de ciudadanos extranjeros: TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE), CERTIFICADO PROVISIONAL SUSTITUTORIO (CPS), FORMULARIO E106 o formulario especifico previsto para la aplicación de CONVENIOS BILATERALES suscritos por el estado español con terceros paises.

Recuerde: presente junto con uno de estos documentos el de identificación personal (DNI o pasaporte) y el documento SIP.

PACIENTES QUE PUEDEN TENER OBLIGACIÓN DE PAGAR SU ASISTENCIA

La no aportación de alguno de los documentos anteriores puede impedir conocer a qué prestaciones tiene derecho el usuario y en que condiciones

En este caso, el ciudadano recibirá la asistencia sanitaria que precise en los centros sanitarios de la AVS pero será considerado como paciente privado mientras no acredite su derecho a la gratuidad de la asistencia, pudiendo serle reclamado el pago de las prestaciones sanitarias recibidas en la forma legalmente establecida.

En estos casos los ciudadanos deben presentar la solicitud de libre elección en el centro elegido. En los casos en los que la petición sea fuera de la zona de salud, será necesaria la conformidad de aceptación del centro elegido, que deberá resolver en el plazo máximo de un mes.

Descargar solicitud de libre elección de médico, enfermería o centro sanitario en el ámbito de la atención primaria: aquí

Sí. La tarjeta sanitaria es el único documento válido para el reconocimiento de la asistencia sanitaria en la Comunidad Valenciana. El número SIP identifica y da acceso a la historia clínica del paciente.

A través de este procedimiento, se puede solicitar cita previa de los servicios ofertados por cualquier centro de atención primaria de la Comunidad Valenciana que esté informatizado con el sistema Abucasis.

¿Quién puede iniciarlo? Los pacientes con necesidad de utilizar los servicios sanitarios siempre que estén en posesión de la Tarjeta SIP.

Formas de solicitud de cita previa en Atención Primaria: aquí

 

No está contemplada la figura de pediatra de urgencias en ningún Punto de Atención Continuada (PAC). La solicitud de asistencia es atendida por los médicos de familia que se encuentran de servicio, los cuales están perfectamente capacitados para atender cualquier solicitud de asistencia pediátrica y, en todo caso, derivar al servicio de urgencias pediátrico del hospital si lo consideran oportuno.
La implantación del programa de recetas de larga duración en el sistema informático de la sanidad valenciana se ha instaurado para facilitar la provisión a los pacientes de las recetas de su medicación habitual, al mismo tiempo que, el facultativo puede llevar más control de las prescripciones realizadas sin necesidad de que el paciente acuda cada vez a la consulta, descongestionando y desburocratizando la consultas. El médico pauta el tratamiento por un periodo determinado y entrega las recetas con un informe en el que aparece la próxima fecha de recogida, en la que el paciente acudirá al servicio de "crónicos" de cualquier centro de salud de la Comunidad Valenciana, o si está desplazado en otro diferente al asignado, a recoger las recetas El programa informático calcula el número de recetas de cada prescripción, atendiendo a las dosis diarias prescritas y a la presentación del medicamento.

Según la normativa que regula la libre elección de facultativo y centro en la Comunidad Valenciana (Decreto 37/2006), los ciudadanos pueden solicitar que se les asigne nuevo médico general/ pediatra. 

Descargar solicitud de libre elección de médico, enfermería o centro sanitario en el ámbito de la atención primaria: aquí

La tarjeta sanitaria para viajar al extranjero la puede usted obtener en el INSS (Tarjeta Sanitaria Europea) siempre que esté en activo.

Si fuera para viajar fuera de Europa entonces dependerá de que este país tenga o no convenio con España. De todo esto le pueden informar allí.

Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).  Juan Llorens, 20. Tel. 963843947

Muchas son las dudas que pueden surgir cuando nos acercamos a una organización tan compleja. Aquí tienes un espacio para hacer tus preguntas, que serán contestadas en la mayor brevedad. Estas formarán parte de nuestra presentación por si pueden ayudar a otras personas.

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