Junta asistencial del departamento

En consonancia con las disposiciones que desarrollan la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud, el consorcio se ha procurado de un desarrollo normativo que contempla la participación de todos los sectores.

La participación de los profesionales se integra y coordina a través de la Junta Asistencial, órgano colegiado de asesoramiento de los órganos de dirección del en lo relativo a la actividad asistencial, docente y de investigación, así como de participación de los profesionales, en el mecanismo de toma de decisiones que afecten a sus actividades.

Este órgano coordina e integra las tareas de las comisiones de ámbito clínico y de cuidados, así como el desarrollo de las diferentes comisiones clínicas y otros mecanismos de participación de los profesionales que al efecto se establezcan.

La Junta Asistencial funciona mediante sesiones plenarias o a través de su comisión permanente.

Funciones

  1. Se reune como mínimo con periodicidad semestral y ejerce las siguientes funciones: Asesorar a los órganos de dirección en todo lo relativo a la prestación de la atención a los ciudadanos.
  2. Asesorar en la elaboración del plan anual de necesidades, teniendo en cuenta en todo caso las disponibilidades presupuestarias.
  3. Asesorar en materia de formación del personal, teniendo en consideración las necesidades existentes.
  4. Asesorar en materia de investigación.
  5. Garantizar la efectiva integración asistencial, proponiendo todas aquellas medidas tendentes a favorecerla.

Composición

  1. Debe garantizar la representación de los diferentes ámbitos asistenciales.
  2. Los vocales son elegidos por votación directa para un periodo de cuatro años, sin perjuicio de su posible reelección. El pleno tiene la siguiente composición.
  3. El gerente del departamento, que será el presidente. En caso de ausencia será sustituido por uno de los miembros de la estructura directiva.
  4. El resto del equipo directivo del departamento.
  5. Seis representantes de los directores de las áreas clínicas, jefes de servicio y jefes de zona básica.
  6. Seis representantes de los coordinadores de enfermería y supervisores de enfermería.
  7. Dos facultativos del departamento elegidos mediante votación por y de entre todos los facultativos que no ejerzan jefatura.
  8. Dos facultativos en periodo de formación elegidos por y de entre el personal que se encuentre en su misma situación.
  9. Coordinador del SAIP.
  10. Dos diplomados en enfermería o ayudantes técnicos sanitarios del departamento, elegidos por y de entre el personal con esta titulación y funciones.
  11. Dos auxiliares de enfermería, elegidos por y de entre el personal con esta titulación y funciones.
  12. Dos técnicos especialistas, elegidos por y de entre el personal con esta titulación y funciones.
  13. Dos representantes del personal no sanitario.
  14. Un representante de los centros de salud pública.

 

Candidato Descripción
Cristina Campos Fernández Jefa de Servicio
Juan José Tamarit García Jefe de Servicio
Concepción Gimeno Cardona Jefa de Servicio
Joaquín Escudero Torrella Jefe de Servicio
Carolina Ferrer Gómez Jefa de Sección
Fernando Quiles Añón Coordinadores Médico
Lucía Aleixandre Porcar Coordinadora Médica
Lorenzo Fácila Rubio Facultativo
Juan Miguel de Lamo Muñoz Facultativo
Javier Mataix Sancho Facultativo
Begoña Miquel Veyrat Facultativa en formación
Margarita Monzón Torres Facultativa en Formación
Sergio Mont Climent Supervisor de enfermería
Mª José Bayona Bauset Supervisora de enfermería
Sonia Vidal Rico Supervisora de enfermería
Elena Vidal Rico Supervisora de enfermería
Francisca Soriano López Coordinadora de enfermería
Belén García-Calvo García Coordinadora de enfermería
Isabel Balaguer Trull Enfermera
Consuelo Ortí Gil Enfermera
Mario Sánchez-Morate Tristante Enfermero
M. Dolores Murillo Segura TCAE
Almudena Guasp Ortega TCAE
Jesusa Rodrigo Sánchez Técnico especialista
M. Asunción Bon García Personal no sanitario
Concepción Tatay Carbonell Personal no sanitario
Pilar Codoñer López Facultativa de Salud Pública